Asesoría De La Rosa

 

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Orden TAS/3553/2007, de 30 de noviembre, por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.17-12-07

La personas incluidas en el campo de aplicación de este régimen especial podrá cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligado a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio. Lo han de solicitar antes del día 1 de abril con efectos del 1 de Julio siguiente, y antes del día 1 de Octubre, con efectos del 1 de enero del año siguiente. Con los limites  ya establecidos para los mayores de 50 años respecto a la elección de base.

 

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